martes, 22 de abril de 2008

ESTA ENTRADA NO ES PARA LOS DE REFUERZOS DE 10

51 comentarios:

Anónimo dijo...

REALIZADO POR:
DUVAN ALEJANDRO ARENAS RICO
YESSICA HERRERA OSPINA

Solución

1.Al hecho de haberlo renovado automáticamente por más de 3 años, el contrato les a termino indefinido

2.Nos parece mas acertado el comentario de Himelda Sarmiento R porque se Eta basando en la ley colombiana y en sus leyes porque Según el códigoSustantivo de trabajo, en su artículo 46, dice sobre el contrato de trabajo a
Término fijo, que su duración no puede ser superior a 3 años, pero es Renovable indefinidamente, sin que cambie su naturaleza jurídica. El contrato A término fijo inferior a un año podrá prorrogarse sucesivamente hasta por 3 Periodos iguales o inferiores, al finalizar este contrato su renovación no podrá
Ser inferior a UN AÑO.

3.cuando tienen algún accidente o cuando lo despiden si causa alguna, cuandono cumpla unas leyes. Suman odos los ingresos obtenidos por el trabajador en los últimos 12 meses y se Divide por 12En el caso que el trabajador lleve trabajando menos de 12Meses, se suman los ingresos de lapso que sea y se divide por el mismo
Número de periodos para efectos de determinar el ingreso promedio mensual.
Los meses que se tienen en cuenta son los meses anteriores al retiro delTrabajador, aunque esto implique tomar meses de dos periodos de renta En el caso de las indemnizaciones por retiro del trabajador, bajo la Figura de bonificaciones, se les aplica la misma regla del artículo 401-3, que es El que aplica para las indemnizaciones laborales.
Los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, se deben restar
De la base para efectos de compararla con el tope de los 10 salarios mínimos Mensuales. Es decir, que si el trabajador devenga un promedio de 12 salarios
Mínimos, pero 2 de corresponden a ingresos no constitutivos de renta ni anancia ocasional, no procede la retención en la fuente por indemnizaciones Laborales puesto que la base depurada resultante no supera los 10 salarios
Mínimos. Para el pago de la indemnización de un contrato a término fijo¿ se le Cancela Solo el salario que falta hasta le fecha de terminación del contrato… o Se le Tienen que pagar también: la prima, cesantías, vacaciones, subsidio de Transporte,

Anónimo dijo...

Elaborado por:
yeferson ochoa y
liceth cifuentes
11-b

Solución

1. A las cuantas renovaciones de un contrato a termino fijo se convierte en otro tipo de contrato? Cual?
2. Según tu conocimiento y tu espíritu indagador, cual opinión de las de esta página te parece mas acertada y justifícate legalmente.
3. Cuando se indemniza a un trabajador y cual es su costo?

1. se convierte en otro tipo de contrato a las 3 renovaciones. En indefinido

2. me párese más acertada esta opinión
Para el pago de la indemnización de un contrato a término fijo ¿se le cancela solo el salario que falta hasta le fecha de terminación del contrato… o se le tienen que pagar también: la prima, cesantías, vacaciones, subsidio de transporte
Por que en realidad una indemnización debe llevar todos estos pagos

3. un trabajador se indemniza.
En el caso de las indemnizaciones por retiro del trabajador, bajo la figura de bonificaciones, se les aplica la misma regla del artículo 401-3, que es el que aplica para las indemnizaciones laborales.
También se indemniza en caso de despido sin justificación alguna o en caso de renuncia del trabajado pero al igual no obtiene los mismos beneficios.
El costo es
Todos los ingresos obtenidos por el trabajador en los últimos 12 meses y se divide por 12. En el caso que el trabajador lleve trabajando menos de 12 meses, se suman los ingresos de lapso que sea y se divide por el mismo número de periodos para efectos de determinar el ingreso promedio mensual.

Anónimo dijo...

1. A las cuantas renovaciones de un contrato a termino fijo se convierte en otro tipo de contrato? Cual?
2. Según tu conocimiento y tu espíritu indagador, cual opinión de las de esta página te parece mas acertada y justifícate legalmente.
3.Cuando se indemniza a un trabajador y cual es su costo?

Soluciòn

1. se renueva automáticamente por más de 3 años, y se convierte en un contrato a término indefinido.
2. Himelda Sarmiento R. Escribio: Según el código sustantivo de trabajo, en su artículo 46, dice sobre el contrato de trabajo a termino fijo, que su duración no puede ser superior a 3 años, pero es renovable indefenidamente, sin que cambie su naturaleza jurídica. El contrato a termino fijo inferior a un año podrá prorrogarse sucesivamente hasta por 3 periodos iguales o inferiores, al finalizar este contrato su renovación no podra ser inferior a UN AÑO.
Por ejemplo un empleado inicia el 02-01-08 con un contrato a seis meses, vencimiento 30-06-08, se puede prorrogar por tres veces consecutivas por el mismo tiempo, es decir hasta el 30-12-09, a partir de este momento la renovación no puede ser por tiempo inferior a un año (enero a dicbre del año XXXX) que segun la norma procede indefinidamente.
Un saludo a Juan Guillermo López.
nos parece que esta es mas ajusta por que es las mas legal y la mas acertada
3.se indemniza cuando el empleado tiene algún tipo de accidente, cuando se despide sin causas o el se retira y se suman todos los ingresos obtenidos por el trabajador en los últimos 12 meses y se divide por 12. En el caso que el trabajador lleve trabajando menos de 12 meses, se suman los ingresos de lapso que sea y se divide por el mismo número de periodos para efectos de determinar el ingreso promedio mensual.
Los meses que se tienen en cuenta son los meses anteriores al retiro del trabajador, aunque esto implique tomar meses de dos periodos de renta diferentes.
En el caso de las indemnizaciones por retiro del trabajador, bajo la figura de bonificaciones, se les aplica la misma regla del artículo 401-3, que es el que aplica para las indemnizaciones laborales.

POR:JULIETH ALEJANDRA LONDOÑO Julieth_713@hotmail.comJUAN SALVADOR GUTIERREZ USUGA mister-rap666@hotmail.com
GRADO 11B

Anónimo dijo...

1) Lo renuevan anualmente y a las tres veces de ser renovado se le da la calidad de un contrato a término indefinido.

2) Me pareció que la opiniones de Álvaro bautista y Juan Guillermo florez c. son las mas acertadas por que dicen exactamente lo que se debe hacer en cada uno de los casos de manera que las situaciones planteadas se solucionen legalmente

3) Se indemniza cuando el empleador incumple con el contrato o con los términos legales y su costo se asigna dependiendo de el tipo de contrato.

DIEGO VASQUES LOPERA
DANIEL MESA ROJO

Anónimo dijo...

1 bloque
estefany suarez
david ferraro

1. A las cuantas renovaciones de un contrato a termino fijo se convierte en otro tipo de contrato? Cual?

Cuado es amas de 3 años el contrato fijo deja de ser este y se convierte en contrato indefinido

2. Según tu conocimiento y tu espíritu indagador, cual opinión de las de esta página te parece mas acertada y justifícate legalmente

Estamos de acuerdo con lo que dice este comentario ya que lo que nos plantea este señor es cierto pues según la ley a un trabajador antes de despedirlo se le debe avisar con treinta días de antelación además el empleador liquido mal la indemnización y debe cancelarle el tiempo que faltaba para la terminación del contrato.



3. Cuando se indemniza a un trabajador y cual es su costo?

Se indemniza a un trabajador cuando el empleador le incumple con lo pactado contrato de trabajo


Trabajadores que devenguen menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes 1. Hasta un (1) año de servicio = 30 días de salario.
2. Más de un año de servicio = treinta 30 días de salario por el primer año y veinte (20) adicionales por cada a do y proporcionalmente por fracción.
Trabajadores con diez (10) o más SMV 1. Hasta un (1) año de servicio = 20 días de salario
2. Más de un (1) año = veinte (20) días de salario por el primer año y quince (15) adicionales por cada año y proporcionalmente por fracción de año.
En los contratos a término fijo, El valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado en el contrato.
En los Contratos por la duración del término de la labor contratada La indemnización corresponderá al tiempo que falte para la finalización de la obra o labor, sin que en ningún caso sea inferior a 15 días.
Trabajadores con más de (10) años de servicio el 27 de diciembre/02, se rigen por el artículo 6 de la ley 50 de 1990.

Anónimo dijo...

Solución taller 1

1° la sanción por no pagar tiempo estipulado es de dar una indemnización al empleado ya que esto esta mencionado en el contrato a 10 salario minmos o menos

2° la ley 782 agrego en el articulo 64 que todo empleado debe recibir dicha liquidación si no este se vera obligado a dar una indemnización al empleado ya que esto esta mensionado en el contrato

3° yo opino que esta ley esta bien agregada ya que si uno trabaja y no recibe su liquidación tiene todo el derecho a demandar al empleador por esto.

Solucion del taller 2

1° las renovaciones de un contrato a termino fijo se dan cuando termina su periodo de duración ya que gracias a esto se puede cambiar de contrato porque ya el contrato anterior ya ha expirado y este pasa a ser indefinido.

2 ° yo estoy de acuerdo con el comentario de Alvaro Bautista porque a veces me resulta muy difícil definir los periodos de tiempo de los contratos y que gracias a su forma juridica no es igual.

3°un trabajador se la indemnización por despido. Otra conquista social, por la cual se bajan los salarios (previsión despido) y se contrata en negro y se declara un salario más bajo que el real, ya que este puede variar según el tipo de contrato.

por: cristian sepulveda 11°b

katherine yulieth londoño jimenez dijo...

Solución del primer taller
1. cuando un contrato es renovado por más de tres años, se convierte en un contrato a término indefinido.
2. la opinión que me parece más acertada es la de Himelda Sarmiento R. según yo y con el poco conocimiento que puedo tener, está muy acertada en lo que dice; ya que poniendo ejemplo, lo explica muy bien. Y… según lo que tengo entendido, cuando el contrato es renovado por más de tres años, pasa a ser un contrato indefinido, por más que el empleado no quiera.
3. una persona es indemnizada, cuando se han incumplido las normas estipuladas en el contrato (por faltas graves).y el costo es dependiendo de el caso.

Anónimo dijo...

solucion-1:
1)con el hecho de haberlo renovado automaticamente por mas de 3 años, el contrato es a termino indefinido.

2)el mas acertado es la de Isabel, porque en ninguna empresa deben indemnizar a un trabajador injustamente, y mucho menos indemnizarle el salario integral de 90 dias.

3)se indemniza alas personas que su promedio es de 12 salarios minimos,pero 2 corresponden a ingresos no contitutivos de renta ni ganancia ocasional,El costo es de 10 salarios minimos...

solucion-2
1)la sancion por no pagar el tiempo estipulado es dar una indemnizacion al empleado.y la cantidad equivale a 10 salarios minimos legales...

3)me gusta la de yelexis,porque es verdad que si ella tenia un contrato indefinido se le debe pagar en los 3 años,es decir,cuando llegue su finalidad...

Anónimo dijo...

SOLUCION.

1. A las tres renovaciones y se convierte en un contrato a termino indefinido ya que el contrato a termino fijo no puede exceder los tres años.

2. La que nos parece más acertada es la de Juan Guillermo Flores ya que un contrato a termino fijo al exceder los tres años se convierte en un contrato a termino indefinido y esto es lo que él nos da a entender.

3. el trabajador se indemniza por muchas causas algunas de ellas son: accidente, retiro del trabajador, etc. Cada indemnización tiene un costo diferente ya que todos los casos no son los mismos.

REALIZADO POR:
MARIA ALEJANDRA CARDONA OSORIO
TATIANA LOPEZ SALDARRIAGA

Anónimo dijo...

realizado por
DUVAN ALEJANDRO ARENAS RICO
YESSICA HERRERA OSPINA

SOLUCION DE TALLER 2

1. El no pago de los valores adeudados al empleado, implica que el empleador deba pagar una indemnización al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.
Para el cálculo de la indemnización se tomará como referencia el Salario que el trabajador estuviere devengando el último trabajado.
Los únicos conceptos que el empleador puede retener, son los expresamente permitidos por la ley, y aquellos que el trabajador y el empleador hubieren acordado.
Para efectos del pago de la indemnización, se toma como base, además del salario, las Prestaciones sociales y cualquier otro pago relacionado o derivado del contrato de trabajo.

2. Artículo 65 del Código sustantivo del trabajo. Artículo 29 de la ley 789 de 2002.
Art. 43.- Cláusulas ineficaces. En los contratos de trabajo no producen ningún efecto las estipulaciones o condiciones que desmejoren la situación del trabajador en relación con lo que establezcan la legislación del trabajo, los respectivos fallos arbítrales, pactos, convenciones colectivas y
reglamentos de trabajo y las que sean ilícitas o ilegales por cualquier aspecto; pero a pesar de la ineficacia de esas estipulaciones, todo trabajo ejecutado en virtud de ellas, que constituya por sí mismo una actividad lícita, da derecho al trabajador para reclamar el pago de sus salarios y prestaciones legales por el tiempo que haya durado el servicio hasta que esa ineficacia se haya reconocido o declarado judicialmente.

3. bueno, el comentario que vamos a dar a conocer es que el empleador tiene la obligación de velar también por los derechos del trabajador que por muchas cosas o algo que no haga podría llevarlo a al cárcel por no cumplir con lo estipulado.

Anónimo dijo...

ELABORADO POR:
yeferson ochoa y
liceth cifuentes
11-b
Solución 2do taller

1. los costos pueden ser El no pago de los valores adeudados al empleado, implica que el empleador deba pagar una indemnización [ 1] al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.
2. [ 1] Artículo 65 del Código sustantivo del trabajo. Artículo 29 de la ley 789 de 2002.
[ 2] Art. 43.- Cláusulas ineficaces. En los contratos de trabajo no producen ningún efecto las estipulaciones o condiciones que desmejoren la situación del trabajador en relación con lo que establezcan la legislación del trabajo, los respectivos fallos arbítrales, pactos, convenciones colectivas y
reglamentos de trabajo y las que sean ilícitas o ilegales por cualquier aspecto; pero a pesar de la ineficacia de esas estipulaciones, todo trabajo ejecutado en virtud de ellas, que constituya por sí mismo una actividad lícita, da derecho al trabajador para reclamar el pago de sus salarios y prestaciones legales por el tiempo que haya durado el servicio hasta que esa ineficacia se haya reconocido o declarado judicialmente.
3. ¿en los intereses pagados sobre las prestaciones sociales adeudados por el empleador puede influir el tiempo que el empleado lleve trabajando?
O puede que todos estos intereses sean del mismo balor

Anónimo dijo...

1. Cual es la sanción por no pagar legalmente en el tiempo estipulado por la ley, las obligaciones para con el trabajador?
2. Que dice la ley (Cual ley) al respecto?
3.¿Con cual opinión te quedas?. Intenta escribir y publicar en este blog tu propio comentario. ( Los comentarios ya puestos en la página te sirven de muestra mas nos son para copiar y pegar.

Solucion

1. El no pago de los valores adeudados al empleado, implica que el empleador deba pagar una indemnización[ 1] al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.
Para el cálculo de la indemnización se tomará como referencia el Salario que el trabajador estuviere devengando el último trabajado.
2. [ 1] Artículo 65 del Código sustantivo del trabajo. Artículo 29 de la ley 789 de 2002.
[ 2] Art. 43.- Cláusulas ineficaces. En los contratos de trabajo no producen ningún efecto las estipulaciones o condiciones que desmejoren la situación del trabajador en relación con lo que establezcan la legislación del trabajo, los respectivos fallos arbitrales, pactos, convenciones colectivas y
reglamentos de trabajo y las que sean ilícitas o ilegales por cualquier aspecto; pero a pesar de la ineficacia de esas estipulaciones, todo trabajo ejecutado en virtud de ellas, que constituya por sí mismo una actividad lícita, da derecho al trabajador para reclamar el pago de sus salarios y prestaciones legales por el tiempo que haya durado el servicio hasta que esa ineficacia se haya reconocido o declarado judicialmente..

Juan salvador
julieth londoño
11b.

Anónimo dijo...

1. cuando un contrato es renovado 3 veces inmediatamente se convierte en un contrato a término indefinido.
2. las opiniones que dan Juan Guillermo y Álvaro bautista me parecen las correctas, aunque las dos opiniones son acertadas de cierta manera, porque en este se aclara bien lo que estipula la ley, y que lo que hizo el empleador al liquidar al empleado tienen sus errores y sus aciertos.
3. se indemniza a un trabajador cuando el empleador incumple con el contrato o con los términos legales que hay en el. Y se paga sumando todos los ingresos obtenidos por el trabajador en los últimos 12 meses y se divide por 12.
Por: kelly Johana Pérez Velásquez

Anónimo dijo...

1. las veces para que un contrato a termino fijo se convierta en otro tipo de contrato es de 3 años y este se convierte en un contrato a
Termino indefinido.

2. la opinión que realmente nos satisface es la de himelda ya que esta nos dice lo que realmente se articula en el código sustantivo de trabajo, dice que el con trato a termino fijo se puede que su duración no puede exceder los tres años, pero puede ser renovado tres veces sin que cambie su naturaleza jurídica.

3. la indemnización se da cuando el empleador vulnera el contrato establecido con el empleado y la parte legal,
Y su costo se da suman todos los ingresos conseguidos en los últimos 12 meses y se divide por 12, en caso de que el periodo se inferior a 12 meses se
Se suman los ingresos del lapso que sea y se divide por el mismo numero. Así se determina el costo de la indemnización.

ALEJANDRO ZAPATA
ARLEY STIVEN JARAMILLO


PROFE MAMASITA
TE QUEREMOS PICOS

katherine yulieth londoño jimenez dijo...

1.si un contrato es renovado mas de 3 años
se convierte en contrato indefinid o
2.yo opino que la mejor es la de HIMELDA SARMIENTO, porque tiene como fundamental su opinión por la cual yo estoy muy de acuerdo.
3.Las razones son muchas puede ser por que el trabajador no cunplia adecuadamente con sus obligaciones y deciden echarlo y el costo depende del caso en que se maneje

este es el taller de erika vivas, mandado con el correo de katherine

Anónimo dijo...

Cada vinculo tiene información necesaria para que respondas:
1. A las cuantas renovaciones de un contrato a termino fijo se convierte en otro tipo de contrato? Cual?
2. Según tu conocimiento y tu espíritu indagador, cual opinión de las de esta página te parece mas acertada y justifícate legalmente.
3. Cuando se indemniza a un trabajador y cual es su costo?

Solución

1. Según el artículo 46 del Código sustantivo de trabajo, el contrato de trabajo a término fijo, tiene una duración máxima de 3 años, pero se puede renovar indefinidamente por un término que en ningún caso supere los tres años.
El hecho que el contrato, por silencio de las partes, se renueve indefinidamente, en ningún caso lo convierte en un contrato a término indefinido, puesto que la ley sólo contempla la renovación automática del contrato hasta por un periodo igual al que se terminó, mas no contempla que por tal circunstancia (la no notificación con 30 días de anticipación) se convierta en un contrato indefinido.

2.mi comentario es que jurídicamente por el hecho de renovarse en el tiempo; es muy común confundir que el contrato a termino fijo se puede renovar indefinidamente a que este contrato se convierta a termino indefinido por sus consecutivas renovaciones; por tanto el empleador liquido mal la indemnización y debe cancelarle el tiempo que faltaba para la terminación del contrato

3. se indemniza a un trabajador cuando lo despiden y cuando el trabajador sufre una perdida del 65% de su capacidad laboral o sea un accidente su costo es de 10 salarios mínimos o menos
ANA CAROLINA HOYOS ARANGO

Anónimo dijo...

Taller 1: Solución

1. renovado automáticamente por más de 3 años, le da la calidad de un contrato a término indefinido.

2. Himelda Sarmiento R.
Nos parece que es la mejor opinión porque este comentario esta basado en el articulo 46 del código sustantivo del trabajo.

3. se indemnizan cuando el enpleador incumple con el contrato estipulado. Para su costo se determina el ingreso mensual promedio del trabajador beneficiario de una indemnización laboral, se suman todos los ingresos obtenidos por el trabajador en los últimos 12 meses y se divide por 12. En el caso que el trabajador lleve trabajando menos de 12 meses, se suman los ingresos de lapso que sea y se divide por el mismo número de periodos para efectos de determinar el ingreso promedio mensual.

Taller 2: solución


1. Vemos que el artículo 64 del código sustantivo del trabajo, contempla el pago de una indemnización a cargo de la parte responsable del incumplimiento, y no específica cual, por lo que se debe interpretar que se refiere a las dos partes [empleado-empleador], es decir que si el trabajador es el responsable del incumplimiento, deberá pagar la indemnización que se haya pactado en el contrato.
La indemnización que se llegare a pactar en el contrato, no será la de 30 días, sino la que las partes hayan pactado y en las condiciones que lo hayan hecho, siempre y cuando lo pactado no vaya en contravía de los derechos mínimos del trabajador contemplados en el código sustantivo del trabajo, pues en este caso se entenderá como no escrita esa cláusula.

2. el artículo 64 del código sustantivo del trabajo tiene el siguiente texto:
En todo contrato de trabajo va envuelta la condición resolutoria por incumplimiento de lo pactado, con indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable. Esta indemnización comprende el lucro cesante y el daño emergente.

3. me gusto el comentario deFREDY ROBINSON GIL ZEA

jhonatan dario guarin
carlos mario usuga

Anónimo dijo...

Solución del 1 taller

1. Todo contrato de trabajo a término fijo, es susceptible de ser renovado, una vez haya expirado el tiempo de duración pactado. Contrato de trabajo a término fijo, tiene una duración máxima de 3 años, pero se puede renovar indefinidamente por un término que en ningún caso supere los tres años.
Y se convierte en contrato indefinido.

2. para mi concepto el contrato a termino fijo para poder darlo por terminado se le debe informar al trabajador con un mes de anticipación para poder reclamar bien sus indemnizaciones.
3. un trabajador se indemniza por despido o por otra conquista social como sufrir un accidente y su costo es de 10 salarios mínimos o menos.

cindy yurani zapata

Anónimo dijo...

SOLUCION

1) Es renovado automáticamente por más de 3 años, le da la calidad de un contrato a término indefinido.


2) Según mi opinión y lo que entendí me parece Alvaro Bautista ya que dice que el contrato a término fijo no cambia jurídicamente por renovarse en el tiempo ya que es se convierte en un término indefinido por sus renovaciones, por lo tanto el empleador debe cancelarle el tiempo que faltaba para la terminación del contrato.

3) un trabajador se indemniza cuando un empleado incumple con las normas propuestas y su costo es depende del caso que se maneje.

4) La indemnización al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. y no puede seder por 24 meses porque a los 24 tiene que pagar intereses.

ERIKA SEPULVEDA

Anónimo dijo...

1. A las cuantas renovaciones de un contrato a termino fijo se convierte en otro tipo de contrato? Cual?
2. Según tu conocimiento y tu espíritu indagador, cual opinión de las de esta página te parece mas acertada y justifícate legalmente.
3. Cuando se indemniza a un trabajador y cual es su costo?


Solución
1= las renovaciones de un contrato a termino fijo son renovadles indefinidamente sin que su naturaleza cambie es decir se puede renovar las beses que quiera.
Mientras que el contrato inferior a un año podrá renovarse sucesivamente pero por un periodo inferior a un año.
Pues cada vez que se termina el contrato y el empleador no dice nada el contrato se renovara automáticamente. Y se convierte en un nuevo contrato puesto que el contrato anterior ya termino y este pasa a ser a término indefinido

2= pues el contrato a termino indefinido es renobable las vese que quiera pero solo se puede a tiempo de un año

3= a un trabajador se le indemniza cuando es despedido o cuando su contrato a terminado también cuando el empleado desea renunsiar

duberney arboleda garcia 11B

Anónimo dijo...

Solución
1- a las tres veces de haberlo renovado se convierte en un contrato a término indefinido.

2- me parece que la más acertada es la de Juan Guillermo flores por que el empleador actuó bien ya que el contrato a termino fijo al exceder los 3años, se convierte en un contrato a termino indefinido.

3- un trabajador se indemniza.
En el caso de las indemnizaciones por retiro del trabajador, bajo la figura de bonificaciones se les aplica la misma regla del artículo 401-3, que es el que se aplica a las indemnizaciones laborales. También se indemniza en caso de despido sin injustificación alguna o en caso de renuncia de trabajo pero al igual obtiene los mismos beneficios. El costo puede ser el no pago.

realizado por:
maria estefania palacio


rea

Anónimo dijo...

SOLUCION 1



1. a las 3 renovaciones y este se convierte en un contrato a término
Indefinido.
2. a nosotras nos llamo mas la atención el comentario de Álvaro bautista por que dice que en los contratos a término fijo se le debe informar a un trabajador con un mes de anticipación para terminar su contrato.
3. un trabajador se indemniza en pocas palabras cuando a existido un incumplimiento de las normas acordadas.
SU COSTO: es depende el caso.




SOLUCION 2
1. la indemnización al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.

Milena Patiño
Diana Isabel Giraldo

Anónimo dijo...

solucion 1
1)al hecho de haberlo renovado automaticamente por mas de 3 años el contrato es de termino indedfinido.

2)me gusto la de Isabel porque en ninguna empresa deben indemnizar aun trabajador con una injusta causa.
yuli estefania arias.
3)el costo es de salario minimo. se indemniza a las personas que su promedio sea de 12 salarios minimos pero 2 corresponden a ingresos no constitutivos.

Anónimo dijo...

Solución

1.a los 3 años y se convierte en un contrato indefinido
2. Álvaro bautista por que un empleador no lo pueden echar sin que se le acabe su contrato por que de lo contrario este tiempo será pagado
3.se indemniza cuando el empleado incumple con las normas estipuladas en el contrato y el costo es depende del caso que se maneje


Solucion

1. La indemniza al trabajador equivalentea un dia de salario por cada dia de retardo y no puede seder por 24 meses

LAURA CAROLINA RAMIREZ 11 B

Anónimo dijo...

1.R/ a las 3 renovaciones y se convierte en un contrato indefinido.
2.R/ el de Álvaro bautista por que menciona todo como lo esta en nuestro folleto donde aclara que los contratos a termino fijo se debe informar al trabajador con un mes de anticipación a la terminación del contrato de que no se entra a renovar, si no se informa, el contrato se entenderá renovado automáticamente por un tiempo igual al inicial, sin embargo después de la
tercera renovación el contrato se renovará por un año y así indefinidamente.
3.
R/ se indemniza a un trabajador cuando ha existido un incumplimiento de las normas estipuladas en un determinado contrato por parte del deudor. Y su costo es depende del caso que se trate ya sea por despido ,etc.

1. Debe indemnizarse al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.

MARIA GOMEZ Y JADER FLOREZ

Anónimo dijo...

Solución
1…A las tres renovaciones, es decir sabemos que si un contrato a termino fijo por un año se excede el limite de los tres años así el trabajador haya sido liquidado anualmente este pasa a ser un contrato de termino indefinido.


2…El comentario que nos parece más acertado es el del señor Juan Guillermo Florez C.por que este coincide con nuestro punto de vista, este esta de acuerdo con que la naturaleza del contrato a término fijo SI cambia después de las tres renovaciones consecutivas, convirtiéndose como lo habíamos dicho antes en un contrato a término indefinido según la ley.


3…Las razones son muchas pero en realidad debemos definir en términos generales las principales razones por la cual un trabajador se debe indemnizar y para nosotras son cuando un empleador, jefe o patrón incumple con el pacto acordado en el contrato de trabajo como por eje: el empleador despide injustamente a su empleado sin terminar el periodo de trabajo establecido en el contrato, es ahí cuando el trabajador debe ser indemnizado pagándole el tiempo de trabajo que le faltaría por cumplir o también puede ser por que pasa desapercibida la ley o normas establecidas para la elaboración o realización de un contrato de trabajo irrespetando así los derechos de su empleado.
SU COSTO: En realidad no hay un costo definido todo depende de la anormalidad que haya causado la indemnización del empleado.

vanessa martinez castaño y laura restrepo 11B ( PROFE ESTE ES MI CORREO PARA QUE ME ENVIE LOS REFUERZOS vanemartinez92_@hotmail.com)

Anónimo dijo...

Esta es la actividad para hoy:
Cada vinculo tiene información necesaria para que respondas:
1. A las cuantas renovaciones de un contrato a termino fijo se convierte en otro tipo de contrato? Cual?
2. Según tu conocimiento y tu espíritu indagador, cual opinión de las de esta página te parece mas acertada y justifícate legalmente.
3.Cuando se indemniza a un trabajador y cual es su costo?

Solución

1. a las tres remuneración ya que un contrato a termino fijo no se puede exceder mas de tres años por este motivo se convirtió en un contrato a termino indefinido
2. el comentario que mas se ajusta al es el de Álvaro bautista ya que este convide con el ejemplo, teniendo en cuenta que al trabajador que el contrato a termino fijo no se puede exceder mas de tres años por tal motivo se convirtió en contrato a Termino indefinido.
3. se indemniza a un trabajador por el incumplimiento de:
- accidente de trabajo.
- Un régimen general de seguros sociales o seguridad social.
- Por accidente.
- Abono del salario por enfermedad.
- El seguro de invalidez
- La responsabilidad de la empresa.
No hay un costo definido ya que depende la cusa por la cual indemnizaron al trabajador.
Actividad

1.Cual es la sanción por no pagar legalmente en el tiempo estipulado por la ley, las obligaciones para con el trabajador?
2. Que dice la ley (Cual ley) al respecto?
3.¿Con cual opinión te quedas?. Intenta escribir y publicar en este blog tu propio comentario. ( Los comentarios ya puestos en la página te sirven de muestra mas nos son para copiar y pegar

Solución.

1. la sanción que la empleador recibe por no pagar legalmente las obligaciones que tiene un trabajador es una indemnización que consiste en el pago equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago que se le adeudan empleado este pago tiene un plazo de cancelación de 24 meses y si el empleado se excede mas ósea a partir del 25 meses debe pagar un interes de mora

karen echavarria gomez11b

Anónimo dijo...

Taller 2.
1. El no pago de los valores adeudados al empleado, implica que el empleador deba pagar una indemnización al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.
Para efectos del pago de la indemnización, se toma como base, además del salario, las Prestaciones sociales y cualquier otro pago relacionado o derivado del contrato de trabajo.
2. Artículo 65 del Código sustantivo del trabajo. Artículo 29 de la ley 789 de 2002.Art. 43.- Cláusulas ineficaces. En los contratos de trabajo no producen ningún efecto las estipulaciones o condiciones que desmejoren la situación del trabajador en relación con lo que establezcan la legislación del trabajo, los respectivos fallos arbítrales, pactos, convenciones colectivas y
reglamentos de trabajo y las que sean ilícitas o ilegales por cualquier aspecto; pero a pesar de la ineficacia de esas estipulaciones, todo trabajo ejecutado en virtud de ellas, que constituya por sí mismo una actividad lícita, da derecho al trabajador para reclamar el pago de sus salarios y prestaciones legales por el tiempo que haya durado el servicio hasta que esa ineficacia se haya reconocido o declarado judicialmente.
3.el comentario que vamos a dar a conocer es que el empleador tiene la obligación de velar también por los derechos del trabajador que por muchas cosas o algo que no haga podría llevarlo a al cárcel por no cumplir con lo estipulado.

HECHO POR: erika johana vivas murillo

Anónimo dijo...

PREGUNTA:
*como indemniza el patron a sus empleados en los diferentes casos y contratos.
SOLUCION:
*lo indemniza a las personas que su promedio sea de 12 salarios minimos, pero dos corresponden a ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.
yulicitadiablita@hotmail.com
yuli estefania arias rios

Anónimo dijo...

1) Las indemnizaciones derivadas de una relación laboral, están sometidas a retención en la fuente a una tarifa del 20%, siempre que el sueldo del trabajador beneficiario del pago supere 10 salarios mínimos mensuales.


2) Con la modificación que la ley 789 de 2002 hiciera al artículo 64 del código sustantivo del trabajo, Es claro que desapareció la obligación por parte del trabajador de pagar la indemnización de 30 días, pero no por ello, necesariamente se puede interpretar que el trabajador ha quedado definitivamente exento de pagar una indemnización en los casos de dar por terminado el contrato de trabajo de forma unilateral, sin justa causa y sin previo aviso.

3) estoy de acuerdo con el de FREDY ROBINSON GIL ZEA ya que el aclarece lo de la ley 789 de 2002 don de resalta que en ningún momento se debe pagar preaviso, cuando no se ha pactado en el contrato a termino indefinido; porque para los fijos no ha cambiado absolutamente en nada



Hecho por:

Jader Andrés flores López.
pedro luis bedolla.

Querida profesora permítame informarle que el señor pedro Luis bedoya y yo presente jader flores le hicimos el taller primero pero este no llego.

Reflexiones semanales:


Mejorar mas en la atención de salón .

Saludos a todos, Prof. esta como quiere sepa que la amo.

Anónimo dijo...

Continuación del taller

2. Que dice la ley (Cual ley) al respecto?
3.¿Con cual opinión te quedas?. Intenta escribir y publicar en este blog tu propio comentario. ( Los comentarios ya puestos en la página te sirven de muestra mas nos son para copiar y pegar.

Solución

2. Artículo 65 del Código sustantivo del trabajo. Artículo 29 de la ley 789 de 2002.el contrato de trabajo no estipula ninguna condición que desmejore al trabajador establecido por la legislación de trabajo a pesar de la ineficacia de esas estipulaciones, todo trabajo ejecutado en virtud de ellas, que constituya por sí mismo una actividad lícita, da derecho al trabajador para reclamar el pago de sus salarios y prestaciones legales por el tiempo que haya durado el servicio hasta que esa ineficacia se haya reconocido o declarado judicialmente

karen echavarria gomez 11B

Anónimo dijo...

estefany suarez montoya 11b la mejor
Sanción por no pagar en el tiempo estipulado por la ley


El no pago de los valores adeudados al empleado, implica
Indemnización al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.

Una vez transcurridos los 24 meses en los cuales se calcula la indemnización, y si el empleado no ha iniciado un proceso ordinario para la reclamación del pago de su salario, el empleador deberá pagar al trabajador intereses moratorios a la tasa máxima de créditos de libre asignación certificados por la Superintendencia financiera.


Cual es la ley

Artículo 65 del Código sustantivo del trabajo. Artículo 29 de la ley 789 de 2002.

Art. 43.- Cláusulas ineficaces. En los contratos de trabajo no producen ningún efecto las estipulaciones o condiciones que desmejoren la situación del trabajador en relación con lo que establezcan la legislación del trabajo, los respectivos fallos arbitrales, pactos, convenciones colectivas y
reglamentos de trabajo y las que sean ilícitas o ilegales por cualquier aspecto; pero a pesar de la ineficacia de esas estipulaciones, todo trabajo ejecutado en virtud de ellas, que constituya por sí mismo una actividad lícita, da derecho al trabajador para reclamar el pago de sus salarios y prestaciones legales por el tiempo que haya durado el servicio hasta que esa ineficacia se haya reconocido o declarado judicialmente.

Anónimo dijo...

Por: kelly Johana Pérez
Alejandra cardona Osorio

solución del cuestionario 2

1.el empleador debe pagar al trabajador una indemnización equivalente al salario que recibía el trabajador por un dia de trabajo.
2.ley 789 de 2002 art.28
esta ley nos dice que cuando se despide a un trabajador sin causa justa deberá ser indemnizado, según el caso.
3. nos pareció que la respuesta a la pregunta de Andrés Burgos es un buen comentario por que este caso es el mas común en las empresas, por que no los afilian a una entidad de salud.

Anónimo dijo...

Actividad 2

1) Cual es la sanción por no pagar legalmente en el tiempo estipulado por la ley, las obligaciones para con el trabajador?

Implica que el empleador deba pagar una indemnización ai trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo.



2) Que dice la ley (Cual ley) al respecto?
La ley 782, agregó al artículo 64 que:
En todo contrato de trabajo va envuelto la condición por incumplimiento de lo pactado, con indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable.
3) .¿Con cual opinión te quedas ?. Intenta escribir y publicar en este blog tu propio comentario. ( Los comentarios ya puestos en la página te sirven de muestra mas nos son para copiar y pegar.
Cuando una empresa decide liquidar a un trabajador debe pagar todos los conceptos estipulados en el contrato y el no pago de estos conceptos implica que el empleador debe pagar una indemnización.

diego vasques
daniel mesa rojo

Anónimo dijo...

Solución del (2) taller

1. la sanción que se da es que El no pago de los valores adeudados al empleado, implica que el empleador deba pagar una indemnización [ 1] al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la demora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.
Los únicos conceptos que el empleador puede retener, son los expresamente permitidos por la ley, y aquellos que el trabajador y el empleador hubieren acordado

2. Artículo 65 del Código sustantivo del trabajo. Artículo 29 de la ley 789 de 2002En los contratos de trabajo no producen ningún efecto las estipulaciones o condiciones que desmejoren la situación del trabajador en relación con lo que establezcan la legislación del trabajo, los respectivos fallos arbitrales, pactos, convenciones colectivas y
reglamentos de trabajo y las que sean ilícitas o ilegales por cualquier aspecto; pero a pesar de la ineficacia de esas estipulaciones, todo trabajo ejecutado en virtud de ellas, que constituya por sí mismo una actividad lícita, da derecho al trabajador para reclamar el pago de sus salarios y prestaciones legales por el tiempo que haya durado el servicio hasta que esa ineficacia se haya reconocido o declarado judicialmente.

3. Estamos de acuerdo con el comentario de María luisa ya que el empleador debe cancelarle al empleado su indemnización entre los dos días de haber terminado el contrato con 24 mese de plazo del empleado no iniciar el proceso de reclamación de pago el empleador deberá pagar intereses monetarios.

cindy yurani zapata
ana carolina hoyos 11B

Anónimo dijo...

Como interpretaste el articulo de la ley 789 de 2002 que cambio totalmente el articulo 64 del C.S.T. queda claro que en ningun momento se debe pagar preaviso, cuando no se ha pactado en el contrato a termino indefinido; porque para los fijos no ha cambiado absolutamente en nada.

Si revisas toda la normatividad para los contratos a termino fijo se mantiene el preaviso para las dos partes estipulado por ley.

Estoy de acuerdo cuando hablas de tener normas de diplomacia, con las empresas cuando uno se retira de un momento a otro.

La pregunta que me surge ¿ Porque las empresas no se toman esa molestia con el empleado y es retirado en cualquier momento?, inclusive con el viejo truco de la reingenieria, el cual ya esta mandado a recoger.

Ellas si solicitan una indemnizacion porque vieron perjudicado su patrimonio? y el empleado que?.

Este comentario lo hago sin llegar a herir susceptibilidades ni causar polemica, simplemente para que reflexionemos y estemos todos sentados en al misma mesa; independiente de si soy el operario o el gerente en la empresa.

Como interpretaste el articulo de la ley 789 de 2002 que cambio totalmente el articulo 64 del C.S.T. queda claro que en ningun momento se debe pagar preaviso, cuando no se ha pactado en el contrato a termino indefinido; porque para los fijos no ha cambiado absolutamente en nada.

Si revisas toda la normatividad para los contratos a termino fijo se mantiene el preaviso para las dos partes estipulado por ley.

Estoy de acuerdo cuando hablas de tener normas de diplomacia, con las empresas cuando uno se retira de un momento a otro.

La pregunta que me surge ¿ Porque las empresas no se toman esa molestia con el empleado y es retirado en cualquier momento?, inclusive con el viejo truco de la reingenieria, el cual ya esta mandado a recoger.

Ellas si solicitan una indemnizacion porque vieron perjudicado su patrimonio? y el empleado que?.

Este comentario lo hago sin llegar a herir susceptibilidades ni causar polemica, simplemente para que reflexionemos y estemos todos sentados en al misma mesa; independiente de si soy el operario o el gerente en la empresa.

juan salvador gutierrez

Anónimo dijo...

S OLUCION
2. la ley 789 de 2002 dice que el artículo 64 del código sustantivo del trabajo en la indemnización que allí se contemplaba quedo sin vigencia alguna. Debido a la
Normatividad anterior señalaba taxativamente la
Obligación del trabajador de pagar una indemnización
Equivalente por 30 días de salario, en el caso de renunciar de forma
Intempestiva y sin justa causa, obligación que ya no existe puesto
Que fue eliminado por esta ley.


3. nosotros nos quedamos con la opinión de Edison sabogal porque contempla el interés moratorio por parte del empleador por que no se habla de 4 meses si no de 24
Meses. Ya que no se debe exceder los 24 meses y se tomara como referencia el salario que el trabajador este devengando el ultimo día trabajado. Ya que solo se puede retener expresivamente por la ley.

por diana isabel giraldo
ana milena patiño 11-b

Anónimo dijo...

yeferson ochoa 11b

Solución

2. El pensamiento nuevo y el rediseño fundamental de los procesos operativos y la estructura organizacional, orientado hacia las competencias esenciales de la organización, para lograr mejoras dramáticas en el desempeño organizacional.
El proceso por el que las empresas se convierten en competidores de clase mundial al rehacer sus sistemas de información y de organización, formas de trabajar en equipo y los medios por las que dialogan entre sí y con los clientes.

3. El patrón indemniza a sus empleados decide liquidar el Contrato de trabajo a un empleado, sin importar las causas y circunstancias de la decisión, debe proceder a pagar al empleado todos los conceptos derivados del respectivo contrato. El pago debe hacerse el mismo día en que se haga la liquidación del contrato.
Indemnización al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.
Para el cálculo de la indemnización se tomará como referencia el Salario que el trabajador estuviere devengando el último trabajado.
Los únicos conceptos que el empleador puede retener, son los expresamente permitidos por la ley, y aquellos que el trabajador y el empleador hubieren acordado.
Para efectos del pago de la indemnización, se toma como base, además del salario, las Prestaciones sociales y cualquier otro pago relacionado o derivado del contrato de trabajo.
Una vez transcurridos los 24 meses en los cuales se calcula la indemnización, y si el empleado no ha iniciado un proceso ordinario para la reclamación del pago de su salario, el empleador deberá pagar al trabajador intereses moratorios a la tasa máxima de créditos de libre asignación certificados por la Superintendencia financiera.
El pago de intereses moratorios se aplicará a partir del mes 25, puesto que hasta el mes 24 se debe pagar la indemnización, y mal estaría que el empleador pagara una doble sanción sobre un mismo hecho.
Los intereses serán pagados sobre el valor de los salarios y prestaciones sociales adeudados al momento de la liquidación del contrato de trabajo. No se debe incluir la indemnización dentro de la base para el pago de los intereses moratorios.
En el evento que el trabajador por desacuerdo con el empleador en el monto de la deuda, decida no recibir el pago que el empleador le haga, éste puede optar por hacer el pago ante el juez de trabajo u otra autoridad local. Lo anterior no exime al empleador de pagar un valor adicional si así lo determina la autoridad competente luego de resolver la controversia

Anónimo dijo...

DUVAN ALEJANDRO ARENAS RICO
RESPUESTA DELLA PREGUNTA DE:

COMO EL EMPLEADOR INDEMNIZA AL EMPLEADO EN LOS DIFERENTES CASOS Y CONTRATOS:

SOLUCION

Cuando una empresa decide liquidar el Contrato de trabajo a un empleado, sin importar las causas y circunstancias de la decisión, debe proceder a pagar al empleado todos los conceptos derivados del respectivo contrato. El pago debe hacerse el mismo día en que se haga la liquidación del contrato.El no pago de los valores adeudados al empleado, implica que el empleador deba pagar una indemnización al trabajador equivalente al salario de un día de trabajo por cada día de retardo en el respectivo pago. Esta indemnización se pagará durante el tiempo que dure la mora del empleador en pagar los salarios siempre que no se exceda de 24 meses.Para el cálculo de la indemnización se tomará como referencia el Salario que el trabajador estuviere devengando el último trabajado. Para efectos del pago de la indemnización, se toma como base, además del salario, las Prestaciones sociales y cualquier otro pago relacionado o derivado del contrato de trabajo.Una vez transcurridos los 24 meses en los cuales se calcula la indemnización, y si el empleado no ha iniciado un proceso ordinario para la reclamación del pago de su salario, el empleador deberá pagar al trabajador intereses moratorios a la tasa máxima de créditos de libre asignación certificados por la Superintendencia financiera.El pago de intereses moratorios se aplicará a partir del mes 25, puesto que hasta el mes 24 se debe pagar la indemnización, y mal estaría que el empleador pagara una doble sanción sobre un mismo hecho.Los intereses serán pagados sobre el valor de los salarios y prestaciones sociales adeudados al momento de la liquidación del contrato de trabajo. No se debe incluir la indemnización dentro de la base para el pago de los intereses moratorios.En el evento que el trabajador por desacuerdo con el empleador en el monto de la deuda, decida no recibir el pago que el empleador le haga, éste puede optar por hacer el pago ante el juez de trabajo u otra autoridad local. Lo anterior no exime al empleador de pagar un valor adicional si así lo determina la autoridad competente luego de resolver la controversias debe tener claridad que la empresa o empleador no tienen un plazo diferente para pagar el salario y demás conceptos al empleado, que el mismo día en que se liquide el contrato de trabajo. Si se demora un día o mas, debe proceder a pagar la indemnización del caso.

Esta indemnización comprende el lucro cesante y el daño emergente.En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte del empleador o si éste da lugar a la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causas contempladas en la ley, el primero deberá al segundo una indemnización en los términos que a continuación se señalan:

En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.
En los contratos a término indefinido la indemnización se pagará así:a)
Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales:1. Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción;b)
Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10), salarios mínimos legales mensuales.1. Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.Parágrafo
transitorio. Los trabajadores que al momento de entrar en vigencia la presente ley, tuvieren diez (10) o más años al servicio continuo del empleador, se les aplicará la tabla de indemnización establecida en los literales b), c) y d) del artículo 6° de la Ley 50 de 1990, exceptuando el parágrafo transitorio, el cual se aplica únicamente para los trabajadores que tenían diez (10) o más años el primero

Anónimo dijo...

Se indemniza a un trabajador por:
• Contrato indefinido es el que se realiza sin establecer límites de tiempo en la prestación de servicios por parte del trabajador. Se prevé que quede como está.
• Contrato estable con indemnización de despido pactada. Este tipo no está vigente en la actualidad. Consistiría en que el trabajador, a la firma del contrato, pactaría con el empresario que, en caso de despido, le indemnizase con 20 días por año trabajado, aunque éste fuese improcedente. Es difícil que esta contratación salga adelante en la negociación entre patronal y sindicatos, ya que estos últimos la desaprueban.
• Contrato a tiempo parcial. La jornada laboral del trabajador es inferior a la habitual y puede tener carácter indefinido o temporal. Si el trabajo se desarrolla durante menos de 12 horas a la semana, la cotización a la Seguridad Social no incluye la jubilación ni el subsidio por desempleo. Seguirán existiendo de esta misma forma los indefinidos y temporales, pero se intentará que se supriman los inferiores a 12 horas semanales.
• Contrato temporal formativo. En la actualidad no existe como tal. Se trataría de un híbrido entre el contrato en prácticas y el de aprendizaje. En este caso, se intentará que la cotización a la Seguridad Social tenga las mismas características que el resto de contratos.
• Contrato temporal causal. Englobaría los contratos temporales vigentes: los que se realizan por obra o servicio determinado, los eventuales o por circunstancias de la producción, y los de lanzamiento de nueva actividad. En estos se buscaría que, a su extinción, el trabajador tuviese derecho a una indemnización inferior a 20 días por año trabajado, frente a las cero pesetas que perciben a su rescisión en la actualidad

Jader flores

Pedro bedoya

Anónimo dijo...

como indemniza el patron a sus empleados en los diferentes casos y contratos:

El Gobierno aboga por la existencia de cuatro modelos: indefinido, indefinido a tiempo parcial, fijo con indemnización de despido pactada y temporal. Sobre esta cuestión, la patronal se muestra cauta y condiciona esta disminución de modalidades al abaratamiento del coste del despido.

- Contrato estable con indemnización de despido pactada. Este tipo no está vigente en la actualidad. Consistiría en que el trabajador, a la firma del contrato, pactaría con el empresario que, en caso de despido, le indeminizase con 20 días por año trabajado, aunque éste fuese improcedente. Es difícil que esta contratación salga adelante en la negociación entre patronal y sindicatos, ya que estos últimos la desaprueban.
- Contrato temporal causal. Englobaría los contratos temporales vigentes: los que se realizan por obra o servicio determinado, los eventuales o por circunstancias de la producción, y los de lanzamiento de nueva actividad. En estos se buscaría que, a su extinción, el trabajador tuviese derecho a una indemnización inferior a 20 días por año trabajado, frente a las cero pesetas que perciben a su rescisión en la actualidad.

Conflictividad.
La diferencia de indemnizaciones entre despido procedente e improcedente será el caballo de batalla de la negociación de los agentes sociales.
El Gobierno considera que abaratando el despido, como es el caso de los contratos estables con indemnización pactada, se conseguirá que los empresarios pierdan el miedo a la contratación indefinida. Y es una forma de asegurarles que, si las economías de sus empresas marchan con dificultad, podrán despedir a estos trabajadores sin que ello les suponga un descalabro monetario.
La patronal busca, ante todo, que el despido sea más razonable, y que aquellos casos objetivos dejen de ser considerados improcedentes por los jueces. Es decir, que la extinción del contrato por causas económicas, tecnológicas, organizativas o de producción, sea considerada procedente de manera automática, siempre que el empresario lo justifique debidamente. Así, en lugar de pagar indemnizaciones de 45 días, serían tan sólo de 20.

cindy yurani zapata
ana carolina hoyos 11B

Anónimo dijo...

ACTIVIDAD 2


1- La sanción por el no pago del salario, es una indemnización
Al trabajador correspondiente al salario de un día de trabajo.
Por cada día de retraso en el respectivo pago ESTA indemnización se debe pagar durante la mora que dure el empleador en pagar los salarios siempre que no exceda los 24 meses. Para el cálculo de la indemnización se tomará como referencia el Salario que el trabajador estuviere devengando.

2- Artículo 65 del Código sustantivo del trabajo. Artículo 29 de la ley 789 de 2002.
Art. 43.- Dice que en los contratos de trabajo no producen ningún efecto las cláusulas o condiciones que quebrante la situación del trabajador en relación con lo establecidamente pactado en el contrato.


3-Creo que ninguna de las opiniones especifican lo que realmente quieren decir respecto al tema por esto no me gusto ninguno.



ALEJANDRO ZAPATA 11-B

Anónimo dijo...

TALLER

1. CUALES SON LOS BENEFICIOS QUE LAS EMPRESAS ACTUALMENTE TIENEN QUE REINVENTAR

R// auxilio para la educación que oscilan entre 150.000 y 6.5 millones de pesos. Bonificación de hasta 721000 pesos por el nacimiento de un hijo. Exámenes médicos para ejecutivos, que llegan a costar 3 millones de pesos. Licencia remunerada de 28 días para reponerse de la perdida de un ser querido y hasta 10 días de calamidad domestica para quienes se casan.

2. CUALES DE ESTOS BENEFICIOS USTED CONOCE. PORQUE YA SE LAS ASIGNAN A UN TRABAJADOR QUE YA USTED CONOCE.

R// conocemos varios casos donde el empleador debe de darle una licencia a su trabajador por cuestiones de salud, perdida de un ser querido o familiar.

3. ANALICE LOS 20 BENEFICIOS SOCIALES Y ESPLIQUE CUAL DE ELLOS EN SU TOTALIDAD BENEFICIAN LA EMPRESA PERO DESFAVORECEN AL TRABAJADOR Y VICEBERSA.

R//DESFAVORECE A LA EMPRESA:
TARJETA CORPORATIVA porque de este modo la empresa tiene que cubrir todos los gastos de su trabajador para que este viaje.
DESFAVORECE AL EMPLEADO:
AUXILIO DE ALIMENTACION porque en muchos casos la mayoría de trabajadores prefieren que les remuneren su pago en dinero y no con bonos o servicios que ofrecen la empresa


ARLEY JARAMILLO GALVIS
DAVID FERRARO

Anónimo dijo...

TALLER

1. CUALES SON LOS BENEFICIOS QUE LAS EMPRESAS ACTUALMENTE TIENEN QUE REINVENTAR

R// auxilio para la educación que oscilan entre 150.000 y 6.5 millones de pesos. Bonificación de hasta 721000 pesos por el nacimiento de un hijo. Exámenes médicos para ejecutivos, que llegan a costar 3 millones de pesos. Licencia remunerada de 28 juan carlos henao.

Anónimo dijo...

TALLER

1. CUALES SON LOS BENEFICIOS QUE LAS EMPRESAS ACTUALMENTE TIENEN QUE REINVENTAR

R// auxilio para la educación que oscilan entre 150.000 y 6.5 millones de pesos. Bonificación de hasta 721000 pesos por el nacimiento de un hijo. Exámenes médicos para ejecutivos, que llegan a costar 3 millones de pesos. Licencia remunerada de 28 juan carlos henao

Anónimo dijo...

holas...

Anónimo dijo...

1-cuiales son los beneficios que las empresas actualmente tienen que reinventar:
R// Es un auxilio para la educación que van entre 150000 y 6.5 millones $ bonificación de hasta 721000 por el nacimiento de un hijo, exámenes médicos para ejecutivos, que llegan a costar 3000000$ y también su respectiva licencia.
2-cuales de estos beneficios usted conoce. Porque ya se las asignan a un trabajador que usted conoce.
R//conocí varios casos donde el empleador debía darle un permiso al empleado para asistir a por caso de una pérdida de un ser querido o familiar o cuestiones de salud.
3-Analise los 20 beneficios sociales y esplique cuál de ellos en su totalidad benefician la empresa pero desfavorecen al trabajador y viceversa.
R//se sabe que desfavorece a la empresa: porque con la tarjeta corporativa de este modo la empresa tiene que cubrir los gastos del empleado para donde este viaje.
Desfavorece al empleado: Auxilio de alimentación por que en la mayoría de casos el empleado pide la remuneración en dinero y no con lo que le brinda la empresa.
HECHO POR: YHON ESTEBAN TOBON
Ser original y no plagiar. Bien-

Anónimo dijo...

1-La sanción que se da por no pagar tiempo estipulado es de dar una indemnización al empleado pues esto da a saber de que son 10 salarios mínimos o menos en el contrato que se plantee.
2-Según el artículo 64 de la ley 782 dice que todo empleado debe recibir una liquidación o le deben dar una indemnización por lo dicho en el contrato.
3-mi opinión es que me parase bien lo que dice en este artículo porque ya sé que si estoy trabajando y no me dan liquidación o indemnización sé que puedo demandar a este empleador.

Anónimo dijo...

Hecho por: YHON ESTEBAN TOBON MORENO
Profe el trabajo anterior yo lo ice

Anónimo dijo...

Hecho por: YHON ESTEBAN TOBON MORENO
1-la renovación del contrato a término fijo se da cuando se termina un contrato y se cambia a término indefinido y puede proseguir en la empresa o lo despiden.
2-Estoy de acuerdo con Juan Guillermo Flores ya que un contrato a término fijo después de 3 años se convierte en un contrato a término indefinido y esto es lo que me da a entender.
3-Se que un trabajador se indemniza por despido, por lo cual los salarios disminuyen según el tipo de contrato.

Anónimo dijo...

patos lovedivina@hotmail.co